La Ley Federal del Trabajo prohíbe reducir o eliminar el tiempo mínimo de comida y sanciona a empleadores que incumplan.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) en México establece que todo trabajador tiene derecho a un descanso mínimo de 30 minutos para comida durante una jornada continua. Este tiempo de comida es considerado un derecho laboral irrenunciable y no un beneficio opcional, aplicando a cualquier empleo formal sin importar la industria o tipo de puesto.
El Artículo 64 de la LFT indica que el tiempo de comida no debe pagarse si el trabajador puede salir de las instalaciones y no está a disposición del patrón. Sin embargo, si el trabajador debe permanecer en el centro de trabajo y atender indicaciones durante el descanso, ese periodo debe pagarse como parte de la jornada laboral.
Ningún contrato individual o colectivo puede reducir el descanso mínimo de 30 minutos. Asimismo, ningún reglamento interno o política empresarial puede estar por encima de la Ley Federal del Trabajo respecto a este derecho.
Eliminar o reducir el tiempo de comida constituye una infracción laboral. Negar el descanso puede derivar en sanciones económicas e inspecciones por parte de las autoridades laborales.
Consecuencias de la falta de descanso
La falta de descanso puede aumentar la fatiga y el estrés laboral, reducir la concentración y la productividad, incrementar los riesgos de accidentes y causar problemas de salud física.
Asesoría y mediación para trabajadores
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece asesoría jurídica gratuita y mediación para casos de incumplimiento relacionados con el tiempo de comida.
Como lo establece la normativa: “otorgar un tiempo para alimentarse y descansar no es un beneficio opcional ni una cortesía del patrón, sino un derecho laboral irrenunciable.”
