La reforma modifica deducciones, pérdidas fiscales y amplía el RESICO; no crea nuevos impuestos ni aumenta tasas generales.
La Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para 2027, que ahora será revisada por el Senado de la República. Esta reforma forma parte del Paquete Económico 2027 y fue presentada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 8 de septiembre de 2026.
En la votación general, el proyecto recibió 349 votos a favor y 118 en contra. Morena y sus aliados respaldaron la reforma, mientras que legisladores de oposición la rechazaron.
La iniciativa busca fortalecer la recaudación y reducir la evasión fiscal. Entre los principales cambios, se modifican disposiciones relacionadas con deducciones, pérdidas fiscales y regímenes tributarios.
Cambios en deducciones y pérdidas fiscales
La reforma propone reducir del 30% al 20% el límite aplicable a determinadas deducciones por intereses netos para personas morales con ingresos superiores a 50 millones de pesos anuales. Además, se establecen mayores restricciones al aprovechamiento de pérdidas fiscales y se fortalece la revisión de gastos y operaciones con partes relacionadas. También se refuerzan los requisitos para aplicar beneficios previstos en tratados fiscales internacionales.
Modificaciones al RESICO y plataformas digitales
La reforma amplía el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) a ingresos de hasta 5 millones de pesos para personas físicas y 50 millones para personas morales. Se contempla facilitar la reincorporación al RESICO de personas físicas que habían salido por incumplimientos.
Para conductores y repartidores que tributan como personas físicas, la tasa de retención de ISR es del 2.1% sobre ingresos por plataformas digitales, sin incluir IVA. Las tasas de retención de ISR para actividades mediante plataformas digitales son: 2.1% para transporte y entrega, 2.5% para venta de bienes y servicios, 4% para hospedaje y 20% para operaciones sin RFC. Si un contribuyente no proporciona su RFC, se aplica una retención del 20% de ISR y puede aplicarse retención del 100% del IVA trasladado. La tasa ordinaria del IVA es del 16%.
Otras disposiciones y proceso legislativo
La retención anual provisional de ISR sobre intereses bancarios se reduce a 0.68% para 2027, frente al 0.90% previsto para 2026. Se propone una tasa preferencial de ISR del 7.5% para contribuyentes que retornen recursos lícitos del extranjero bajo ciertas condiciones.
La reforma no implica la creación de nuevos impuestos generales ni aumento de tasas generales del ISR o IVA. El decreto con la reforma deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación para su vigencia y las disposiciones entrarán en vigor en las fechas que establezca el decreto correspondiente.
