Iniciativas buscan sancionar la violencia obstétrica, modificar la Ley de Salud Mental, proteger a donantes de vivienda y prevenir la rickettsiosis en escuelas.
El Congreso del Estado de Sonora analiza diversas reformas legislativas que abarcan la tipificación de la violencia obstétrica como delito, modificaciones en la Ley de Salud Mental, protección a donantes de vivienda y acciones para prevenir la rickettsiosis en planteles de educación básica.
La iniciativa para tipificar la violencia obstétrica como delito fue presentada por las diputadas Alejandra López Noriega y María Alicia Gaytán Sánchez. Esta propuesta contempla penas de dos a seis años de prisión, multas de 200 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y suspensión profesional de uno a cinco años para quienes incurran en este delito.
Reformas en salud mental
El diputado David Figueroa Ortega presentó una iniciativa para reformar la Ley de Salud Mental del Estado de Sonora. Entre los cambios propuestos, se establece que los internamientos sean voluntarios, con consentimiento informado y considerados como último recurso terapéutico. Además, en casos de urgencia, la atención en salud mental debe ser inmediata y temporal. La iniciativa también propone ampliar la Red Estatal de Salud Mental para integrar instituciones públicas, sociales y privadas, así como transformar el actual Consejo Estatal de Salud Mental en el Consejo Estatal de Salud Mental y Adicciones de Sonora.
Protección a donantes de vivienda
El diputado Rubén Refugio González Aguayo propuso adicionar un artículo 2604 Bis al Código Civil para proteger a donantes de vivienda. La propuesta establece que la persona donante debe definir si conservará el usufructo vitalicio o el derecho de habitación. En caso de no definirlo, deberá dejar constancia de conocer las consecuencias, incluida la posible pérdida del derecho a habitar el inmueble.
Prevención de rickettsiosis en escuelas
La diputada Iris Fernanda Sánchez Chiu y el diputado Emeterio Ochoa Bazúa presentaron una iniciativa para adicionar un artículo 234 Bis 2 a la Ley de Salud, con el objetivo de prevenir, detectar y atender la rickettsiosis en planteles de educación básica. Esta propuesta contempla brindar información sobre la enfermedad, sus formas de transmisión, medidas preventivas y síntomas, así como establecer acciones que deben seguir las autoridades ante casos sospechosos.
