La Corte declaró constitucional la reforma de 2023 que permite a entidades paraestatales operar aerolíneas y terminales mediante asignaciones.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma de 2023 a las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, permitiendo que entidades paraestatales, como la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), participen en el transporte aéreo y administren terminales mediante la figura de asignaciones.
El Pleno de la Corte resolvió las impugnaciones promovidas por integrantes de la oposición en el Congreso contra los cambios publicados el 3 de mayo de 2023. La resolución mantiene vigente el marco jurídico que permite a entidades vinculadas con la Sedena operar Mexicana de Aviación y administrar aeropuertos.
La reforma eliminó una restricción que impedía a una aerolínea tener una participación superior a 5% en una concesionaria aeroportuaria, aunque las entidades paraestatales quedaron fuera de esa limitación. Así, la modificación legal permitió que entidades paraestatales vinculadas con la Defensa participaran en el sector aeronáutico.
Mexicana de Aviación quedó bajo una empresa estatal vinculada con la Sedena, que actualmente administra 13 aeropuertos, entre ellos el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
Implicaciones legales y argumentos de la oposición
Las minorías parlamentarias promovieron acciones de inconstitucionalidad, argumentando que el esquema podría afectar la libre competencia. Entre los argumentos presentados se incluyeron riesgos de subsidios cruzados, prácticas monopólicas y trato preferencial para empresas vinculadas con la Defensa.
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) advirtió antes de la reforma sobre posibles efectos en la neutralidad competitiva del sector. Sin embargo, la Corte señaló que la posibilidad de efectos anticompetitivos no convierte por sí misma a las normas en inconstitucionales.
El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que los riesgos señalados no demostraban un vicio constitucional en las disposiciones impugnadas.
Alcance de la resolución y casos excluidos
La decisión de la SCJN mantiene vigente el marco jurídico que permite a entidades paraestatales recibir asignaciones para participar en actividades aeroportuarias y de transporte aéreo. La Corte confirmó la constitucionalidad de las normas que establecen el modelo de participación estatal en el sector aéreo.
El caso del Aeropuerto Internacional Felipe Carrillo Puerto de Tulum no forma parte del núcleo de esta resolución y deberá analizarse por separado.

