La llamada ‘Ley Antimemes’ establece penas de hasta 10 años de prisión y multas para distribución no autorizada de obras protegidas.
El Senado de la República aprobó reformas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal, con 72 votos a favor y 34 en contra. Estas reformas establecen penas de cuatro a 10 años de prisión y multas para quienes divulguen o distribuyan sin autorización obras protegidas antes de su lanzamiento oficial, incluyendo películas, música, videojuegos y libros.
Las modificaciones también contemplan sanciones para el uso comercial de elementos oficiales con la intención de inducir al error o engaño para cometer un ilícito. Para el uso indebido de documentos oficiales, se establecen penas de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil UMA. Además, se fijó un parámetro de 170 UMA para determinar el perjuicio económico en determinados casos.
Debate legislativo y denominación ‘Ley Antimemes’
Durante la discusión, la reforma fue conocida como ‘Ley Antimemes’. Sectores de la oposición impulsaron esta denominación debido a sus posibles alcances sobre contenidos digitales. Legisladores opositores advirtieron riesgos para la libertad de expresión y señalaron que el texto no excluye expresamente formas de sátira, parodia o crítica.
Por su parte, legisladores de Morena defendieron que las sanciones están dirigidas a usos comerciales y fraudulentos de la identidad institucional. La propuesta original contemplaba una pena mayor para el uso indebido de documentos oficiales, pero fue modificada por las comisiones del Senado.
Próximos pasos legislativos
Con la aprobación en el Senado, el dictamen continuará su proceso legislativo en la Cámara de Diputados para su discusión y votación.
